Circular 2013 Rel. Laborales: Subvenciones públicas para fomentar el empleo de personas con discapacidad 2013

El pasado 31 de mayo ha sido publicada a la ORDEN 13/2013, de 21 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo para personas con discapacidad en el ejercicio 2013.

El objeto de estas ayudas es la integración laboral de los trabajadores con discapacidad en los centros especiales de empleo, así como ayudas a la empresa ordinaria, tanto en el caso de contratación directa como contratos destinados a potenciar el tránsito de los trabajadores con discapacidad desde los centros especiales de empleo a estas.

Todas las acciones subvencionables deberán realizarse en el ejercicio 2013, y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de los plazos de justificación previstos para cada tipo de ayudas. También resultarán subvencionables las contrataciones de trabajadores con discapacidad, producidas durante el último trimestre de 2012, según lo establecido para cada programa. 

Las ayudas previstas en esta Orden irán destinadas a:

A. Centros especiales de empleo, para el mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad:

a) Ayudas a los costes salariales de trabajadores con discapacidad.
b) Ayudas por adaptación de puestos.

B. Empresas del mercado ordinario:

a) Programa de apoyo a la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad procedentes de enclaves laborales:
a.1. Ayudas a la contratación indefinida.
a.2. Ayudas a la adaptación de puestos.

b) Programa de apoyo a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias en general:
b.1. Ayudas a la contratación indefinida.
b.2. Ayudas a la contratación temporal.
b.3. Ayudas a la adaptación de puestos.

Los beneficiarios de las ayudas serán, los titulares de los centros especiales de empleo inscritos en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de la Comunitat Valenciana, las entidades colaboradoras, que contraten con carácter indefinido a trabajadores con discapacidad procedentes de un enclave laboral, y cualquier empleador, incluidas, las cooperativas de trabajo asociado que incorporen como socios a trabajadores con discapacidad.
Los trabajadores con discapacidad contratados podrán beneficiarse de la ayuda por adaptación de puesto si no la hubiera solicitado su empleador.

En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.

Las solicitudes de ayudas para los Centros Espaciales de empleo, deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, es decir, hasta el 30 de junio de 2013. Las solicitudes de ayuda salarial en CEE por las ampliaciones de plantilla de trabajadores con discapacidad efectuadas en los meses de noviembre y diciembre de 2012, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, debiéndose mantener dichas contrataciones hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes con cargo a dicha orden. Las solicitudes de ayuda salarial para CEE por las ampliaciones de plantilla de trabajadores con discapacidad efectuadas en los meses de noviembre y diciembre de 2013, deberán presentarse en los plazos establecidos en la orden de convocatoria de ayudas para el ejercicio 2014.

Las solicitudes de ayudas para contratar trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias, deberán presentarse en el plazomáximo de dos meses contados desde la fecha de contratación objeto de la ayuda y tendrán como fecha límite el 30 de septiembre de 2013, salvo para las ayudas a la contratación indefinida y transformación de contratos temporales en indefinidos, cuyo plazo de solicitud finalizará el 31 de julio de 2013. Para las contrataciones formalizadas en el 2013 en el período previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación.

Las solicitudes de ayudas por el mantenimiento de contratos indefinidos formalizados o transformados en los tres últimos meses del año 2012, deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, es decir hasta el 31 de julio de 2013.

Para más información, se adjunta el texto íntegro de la Orden.

Normativa:

ORDEN 13/2013, de 21 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo para personas con discapacidad en el ejercicio 2013.

http://www.docv.gva.es/datos/2013/05/31/pdf/2013_5665.pdf

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