Convocatoria de ayudas para entidades intermedias en materia de Comercio y Artesanía para el ejercicio 2014

Para tu conocimiento e información, ha sido publicado en el DOCV del día de hoy la Orden 8/2014, de 15 de mayo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan las ayudas para las entidades intermediarias en materia de comercio y artesanía para el ejercicio 2014.

Objeto:

Convocar ayudas en materia de comercio y artesanía destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos, a través de la mejora de la gestión, promoción, dinamización, información, formación, estudios y prestación de servicios a las PYMEs  a través de sus entidades intermedias.

Beneficiarios:

Las Asociaciones empresariales, entidades públicas y privadas y fórmulas de comercio, o artesanía, asociado o integrado, con personalidad jurídica propia, con independencia de la fórmula jurídica que adopten.

Acciones apoyables:

1. Áreas urbanas de excelencia comercial.
                I.- Gerencias de centros urbanos.
                        a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado.
                        b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 70% del presupuesto elegible con un límite global máximo por entidad de 20.000,00€

Las acciones apoyables son las siguientes:
        – Estructura de la Gerencia del centro urbano.
        – Acciones de comunicación, publicidad e imagen del centro urbano.
        – Actuaciones de fidelización del consumidor y promoción de productos y servicios.
        – Acciones de animación comercial y acciones efímeras de atracción comercial.
        – Captación de nuevos asociados.
        – Acciones para la mejora de la gestión medioambiental.2. Ayudas para la realización de actividades de información.

a) Beneficiarios: asociaciones de comerciantes y formulas de comercio asociado o integrado para la realización de acciones informativas que versen sobre la cultura de la calidad en las PYMEs comerciales y en los mercados municipales así como sobre otros aspectos fundamentales de la distribución comercial.
                        b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 100% del gasto elegible con un límite de 1.000,00€ por actuación.Las acciones apoyables son las siguientes:
– Publicidad.
– Alquiler de locales y equipamiento informático o audiovisual.
– Material didáctico.
– Conferenciantes, moderadores, traductores y demás personal externo a la entidad solicitante necesario para la realización de la actividad.
– Gasto de alojamiento y desplazamiento de los mismos.

3. Cooperación empresarial.
                I.- Redes telemáticas de comunicación y asistencia técnica.
a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado, siempre que, en cualquier caso, aglutinen de forma directa o  indirecta al menos a 100 empresas asociadas.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 70% del coste de la acción con un límite máximo de 5.000,00€ por entidad.

Las ayudas se destinaran a financiar los gastos de desarrollo y mantenimiento de sistemas telemáticos en red destinados a promover líneas de comunicación, gestión y prestación de servicios a sus asociados.                II. Mercados excelentes.
a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado formadas por las pymes de los mercados que cuenten con el sello de Mercado Excelente.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán el 100% del coste de las acciones con el límite de 25.000,00€ por mercado y solicitante.

III. Promoción del comercio.
            a) Beneficiarios: Las asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado.
                                    b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán el 70% del coste de las acciones con el límite de 15.000,00€ por solicitante.

4. Promoción de la artesanía.

a) Objeto: realización de actividades que faciliten la profesionalización del sector así como la comercialización y promoción del producto artesano por parte de las asociaciones de artesanos.
b) Acciones y cuantía apoyables: la ayuda a conceder será de hasta el 70% con el límite de 10.000€ por beneficiario.

Las acciones apoyables son las siguientes:
– Asistencia y organización de ferias de artesanía de ámbito superior al local.
– Edición y realización de catálogos de productos.
– Promoción del sector y del producto artesano.
– Realización de acciones formativas especificas y sectorializadas.

Presentación y plazo:

La solicitud de subvención se presentará con el anexo correspondiente, según la ayuda solicitada en la forma descrita en las bases reguladoras. No obstante, la información de esta convocatoria y los impresos normalizados de solicitud están disponibles en la página web de la Generalitat (www.gva.es

El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación en el DOCV, por lo tanto finaliza el día 12 de junio 2014.

Para más información:

Orden 8/2014

Bases reguladoras

2014 06 04 Conf Ignacio Bernabé Programa

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