Informe sobre la reforma de la ley de consumidores y usuarios para mejorar la protección en todas las transacciones a distancia

En el último Consejo de Ministros, celebrado el pasado viernes 19 de abril, se aprobó el “Informe sobre la reforma de la ley de consumidores y usuarios para mejorar la protección en todas las transacciones a distancia”. 

Se trata de la Ley con la que se adaptará a la legislación española una Directiva Comunitaria sobre los derechos de los consumidores. 

Según el citado informe, su objetivo principal es reforzar la seguridad jurídica, tanto de los consumidores, como del empresario que formalizan transacciones a distancia e introducir medidas encaminadas a reducir la desigualdad de posiciones entre ambas partes, evitando situaciones de desprotección de los consumidores. 

Entre las novedades del Anteproyecto figuran medidas para evitar las denominadas «cargas encubiertas».
En este sentido, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de Internet, confirme que es consciente de que éste implica una obligación de pago. 
De este modo, el usuario siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción.

Se introducen, asimismo, nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato, ampliando el plazo en el que se puede ejercer de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. 

En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a 12 meses.

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el Anteproyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación con el contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.

Además, los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.

Por otra parte, el Anteproyecto aborda la contratación telefónica de bienes y servicios y propone un sistema que proteja a los consumidores y usuarios, y que, al mismo tiempo, no supone cargas excesivas para los empresarios.
En los casos en los que la empresa sea la que se ponga en contacto telefónico con un usuario para formalizar el contrato, la oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.
De este modo, se asegura que el consumidor es plenamente consciente de lo que

está aceptando.

Con estas novedades se pretende articular la nueva regulación de un sector en auge dotando de una mayor de seguridad jurídica que fomentará, sin duda, el consumo de bienes y servicios utilizando las nuevas tecnologías.

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