{"id":655,"date":"2012-11-03T21:59:50","date_gmt":"2012-11-03T21:59:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www.faesafor.com\/es\/?page_id=655"},"modified":"2012-11-03T23:18:56","modified_gmt":"2012-11-03T23:18:56","slug":"estatutos-nws4","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/faesafor.com\/es\/la-federacion\/asociaciones-empresas\/nws4-networking-safor\/estatutos-nws4\/","title":{"rendered":"Estatutos NWS4"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CAPITULO I:\u00a0DENOMINACI\u00d3N, FINES, DOMICILIO Y \u00c1MBITO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1.<\/strong> Con la denominaci\u00f3n\u00a0<strong>ASOCIACI\u00d3N PARA EL NETWORKING EN LA SAFOR (NETWORKING SAFOR)<\/strong> se constituye una ASOCIACION al amparo del Art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, de la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, y a la Ley 14\/2008 de 18 de noviembre de Asociaciones de la Comunidad Valenciana y normas complementarias, con personalidad jur\u00eddica y plena capacidad de obrar, careciendo de \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2.<\/strong> La Asociaci\u00f3n tiene personalidad jur\u00eddica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3.<\/strong> Esta asociaci\u00f3n se constituye por tiempo indefinido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4<\/strong>. La existencia de esta asociaci\u00f3n tiene como fines a desarrollar en y desde la Comunidad Valenciana:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> El fomento de las relaciones entre profesionales y empresarios de la Comunidad Valenciana y en especial en la comarca de La Safor<br \/>\n<strong>b)<\/strong> El desarrollo de foros de intercambio de conocimientos para el enriquecimiento de los miembros de la asociaci\u00f3n as\u00ed como de otros empresarios y profesionales.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> El desarrollo personal y profesional de los miembro de la asociaci\u00f3n mediante la informaci\u00f3n, formaci\u00f3n y desarrollo de posibilidades de intercambio e interconexi\u00f3n con otros profesionales y empresarios de la Comunidad Valenciana, especialmente los de la comarca de La Safor.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> La creaci\u00f3n y mantenimiento de grupos que representen a la Asociaci\u00f3n en las Redes Sociales desarrolladas en internet, especialmente, LinkedIn, Facebook, Twitter y YouTube sin que exista ninguna limitaci\u00f3n al respecto.<br \/>\n<strong>e)<\/strong> Representar a los miembros de Asociaci\u00f3n ante todo tipo de administraciones p\u00fablicas ante cualquier asunto relacionado con los fines de esta Asociaci\u00f3n que los \u00f3rganos de gobierno establecieran en cada momento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5.<\/strong> Para el cumplimiento de estos fines se realizar\u00e1n las siguientes actividades, en y desde la Comunidad Valenciana, siempre en el \u00e1mbito de la Econom\u00eda Social y el Cooperativismo:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Organizaci\u00f3n de charlas informativas<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Organizaci\u00f3n de eventos para el desarrollo de contactos con otros profesionales y empresarios.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Organizaci\u00f3n de eventos relacionados con el mundo empresarial y\/o acad\u00e9mico.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Elaboraci\u00f3n de materiales de formaci\u00f3n sobre distintos aspectos.<br \/>\n<strong>e)<\/strong> El desarrollo de una comunidad de \u201cSEGUIDORES\u201d en los grupos creados en las redes sociales que sirvan de base a todos los fines y actividades descritas y que puedan beneficiarse del desarrollo de contactos y de la transmisi\u00f3n de conocimientos profesionales y empresariales que la Asociaci\u00f3n fuera capaz de generar con sus actividades.<br \/>\n<strong>f)<\/strong> El nombramiento, en los casos en los que pudiera ser necesario, de comisiones que representen a la asociaci\u00f3n ante las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6<\/strong>. La Asociaci\u00f3n establece su domicilio social en Gand\u00eda (Valencia) , C\/ San Francisco de Borja, n\u00ba 56, CP. 46701, y su \u00e1mbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es la Comunidad Valenciana.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CAPITULO II:\u00a0\u00d3RGANO DE REPRESENTACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 7.<\/strong> La Asociaci\u00f3n ser\u00e1 gestionada y representada por una Junta Directiva formada por: un Presidente\/a, un Vicepresidente\/a, un Secretario\/a, un Tesorero\/a y nueve Vocales. Todos los cargos que componen la Junta Directiva ser\u00e1n gratuitos. \u00c9stos ser\u00e1n designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de DOS a\u00f1os.<br \/>\nEsta designaci\u00f3n se har\u00e1 por sufragio libre y secreto de los miembros de la Asamblea General. Las candidaturas ser\u00e1n abiertas, es decir, cualquier miembro podr\u00e1 presentarse, siendo requisitos imprescindibles los siguientes:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Ser mayor de edad<\/li>\n<li>Estar en pleno uso de los derechos civiles<\/li>\n<li>No estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislaci\u00f3n vigente<\/li>\n<li>Estar al d\u00eda en el pago de las cuotas si estas existiesen.<\/li>\n<\/ul>\n<div style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: small;\"><span class=\"Apple-style-span\" style=\"line-height: 24px;\">La elecci\u00f3n de los miembros de la Junta Directiva se har\u00e1 de la siguiente forma: <\/span><\/span><\/div>\n<div>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Se presentar\u00e1n al cargo de Presidente de la Junta Directiva aquellos asociados que lo deseen y que cumplan todos los requisitos necesarios.<\/li>\n<li>Ser\u00e1 elegido Presidente aqu\u00e9l candidato que m\u00e1s votos haya obtenido entre todos los asociados.<\/li>\n<li>El presidente electo elaborar\u00e1 una lista de miembros de la Junta que someter\u00e1 a la votaci\u00f3n de los miembros de la Asamblea y que s\u00f3lo resultar\u00e1 elegida en el caso de que sea votada por m\u00e1s dos tercios de los asociados presentes en la asamblea.<\/li>\n<li>De no obtener los votos necesarios del Presidente \u00a0electo deber\u00e1 reformar su propuesta de Junta Directiva tantas veces como fuera necesario hasta la obtenci\u00f3n de la mayor\u00eda cualificada indicada en el p\u00e1rrafo anterior.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">En caso de que alguno de los miembros elegidos por la Asamblea para ser miembros de la Junta Directiva renunciase a su cargo ser\u00e1 elegido para el mismo el siguiente miembro que mayor n\u00famero de votos hubiera obtenido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 8.<\/strong> Estos podr\u00e1n causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Asamblea General, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas, por enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo, por causar baja como miembro de la Asociaci\u00f3n y por expiraci\u00f3n del mandato.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed mismo, podr\u00e1n causar baja, a propuesta del Presidente y con el voto de la mayor\u00eda simple de la Junta Directiva, aquellos miembros de la misma que no asistan a m\u00e1s de una tercera parte de las reuniones que se celebren.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 9.<\/strong> Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuar\u00e1n ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptaci\u00f3n de los que les sustituyan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 10.<\/strong> La Junta Directiva se reunir\u00e1 cuantas veces lo determine su Presidente\/a y a iniciativa o petici\u00f3n de cualquiera de sus miembros. Quedar\u00e1 constituida cuando asista la mitad m\u00e1s uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean v\u00e1lidos deber\u00e1n ser tomados por mayor\u00eda de votos. En caso de empate, el voto del Presidente\/a ser\u00e1 de calidad.<br \/>\nLa Junta Directiva se reunir\u00e1 al menos SEIS veces al a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 11.<\/strong> Facultades de la Junta Directiva: Las facultades de la Junta Directiva se extender\u00e1n, con car\u00e1cter general a todos los actos propios de las finalidades de la asociaci\u00f3n, siempre que no requieran, seg\u00fan estos Estatutos, autorizaci\u00f3n expresa de la Asamblea General. Son facultades particulares de la Junta Directiva:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong>\u00a0Ostentar y ejercitar la representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n y llevar a t\u00e9rmino la direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la manera m\u00e1s amplia que reconozca la ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General y, de acuerdo con las normas, instrucciones y directrices generales que esta Asamblea General establezca.<br \/>\n<strong>b)<\/strong>\u00a0Tomar los acuerdos necesarios para la \u00a0comparecencia ante los organismos p\u00fablicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes.<br \/>\n<strong>c)<\/strong>\u00a0Dirigir las actividades sociales y llevar la gesti\u00f3n econ\u00f3mica y administrativa de la Asociaci\u00f3n, acordando realizar los oportunos contratos y actos.<br \/>\n<strong>d)<\/strong>\u00a0Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas que los miembros de la Asociaci\u00f3n tengan que satisfacer.<br \/>\n<strong>e)<\/strong>\u00a0Convocar las Asambleas Generales y controlas que se ejecutan los acuerdos que en ellas se adopten.<br \/>\n<strong>f)<\/strong>\u00a0Comunicar al Registro de Asociaciones la modificaci\u00f3n e los Estatutosacordada por la Asamblea General en el plazo de un mes.<br \/>\n<strong>g)<\/strong> Formular y someter a la aprobaci\u00f3n de la Asamblea General los Balances y las Cuentas anuales as\u00ed como los presupuestos del ejercicio siguiente.<br \/>\n<strong>h)<\/strong> Llevar la contabilidad conforme a las normas espec\u00edficas que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situaci\u00f3n financiera de la entidad.<br \/>\n<strong>i)<\/strong> Efectuar el inventario de los bienes de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>j)<\/strong> Elaborar la memoria anual de actividades y someterla a la aprobaci\u00f3n de la Asamblea General.<br \/>\n<strong>k)<\/strong> Resolver provisionalmente cualquier caso no previsto por los presentes Estatutos y dar cuanta de ello en la primera Asamblea General Subsiguiente.<br \/>\n<strong>l)<\/strong> Resolver sobre la admisi\u00f3n de nuevos asociados.<br \/>\n<strong>m)<\/strong> Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>n)<\/strong> Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 12.<\/strong> El Presidente\/a tendr\u00e1 las siguientes atribuciones: Representar legalmente a la Asociaci\u00f3n ante toda clase de organismos p\u00fablicos o privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, as\u00ed como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociaci\u00f3n aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 13.<\/strong> El Vicepresidente\/a sustituir\u00e1 al Presidente en ausencia de \u00e9ste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendr\u00e1 las mismas atribuciones que \u00e9l.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 14.<\/strong> El Secretario\/a tendr\u00e1 a cargo la direcci\u00f3n de los trabajos puramente administrativos de la Asociaci\u00f3n, expedir\u00e1 certificaciones, llevar\u00e1 los libros de la asociaci\u00f3n legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiar\u00e1 la documentaci\u00f3n de la entidad, haciendo que se cursen a las comunicaciones sobre designaci\u00f3n de Juntas Directivas y dem\u00e1s acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, as\u00ed como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los t\u00e9rminos que legalmente correspondan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo\u00a015.<\/strong> El Tesorero\/a recaudar\u00e1 y custodiar\u00e1 los fondos pertenecientes a la Asociaci\u00f3n y dar\u00e1 cumplimiento a las ordenes de pago que expida el Presidente\/a.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 16.<\/strong> Los Vocales tendr\u00e1n las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y as\u00ed como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 17.<\/strong> Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva ser\u00e1n cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elecci\u00f3n definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 18.<\/strong> Los beneficios obtenidos derivados del ejercicio de actividades econ\u00f3micas, incluidas las prestaciones de servicios, se destinar\u00e1n exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Asociaci\u00f3n, sin que quepa en ning\u00fan caso su reparto entre los asociados ni entre sus c\u00f3nyuges o personas que convivan con aquellos con an\u00e1loga relaci\u00f3n de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesi\u00f3n gratuita a las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas con inter\u00e9s lucrativo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 19.<\/strong> Todos los miembros de la Asociaci\u00f3n tienen obligaci\u00f3n de sostenerla econ\u00f3micamente, mediante cuotas o derramas, de la manera y en la proporci\u00f3n que determine la Asamblea General a propuesta del \u00f3rgano de representaci\u00f3n.<br \/>\nLa Asamblea General podr\u00e1 establecer cuotas de ingreso, cuotas peri\u00f3dicas mensuales y cuotas extraordinarias.<br \/>\nEl ejercicio econ\u00f3mico quedar\u00e1 cerrado el 31 de diciembre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 20.<\/strong> En las cuentas corrientes o libretas de ahorro abiertas en establecimientos de cr\u00e9dito, deben figurar la firma del Presidente, del Tesorero y del Secretario.<br \/>\nPara poder disponer de los fondos ser\u00e1n suficientes dos firmas de las cuales, una ser\u00e1 necesariamente la del Tesorero o bien la del Presidente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CAPITULO III<\/strong>:\u00a0<strong>ASAMBLEA GENERAL<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 21.<\/strong> La Asamblea General es el \u00f3rgano supremo de gobierno la Asociaci\u00f3n y estar\u00e1 integrada por todos los asociados por derecho propio irrenunciable y en igualdad absoluta y adoptar\u00e1 sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 22.<\/strong> Las reuniones de la Asamblea General ser\u00e1n ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrar\u00e1 una vez al a\u00f1o dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrar\u00e1n cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente\/a cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una d\u00e9cima parte de los asociados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 23.<\/strong> Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizar\u00e1n por escrito expresando el lugar, d\u00eda y hora de la reuni\u00f3n as\u00ed como el orden del d\u00eda con expresi\u00f3n concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el d\u00eda se\u00f1alado para la celebraci\u00f3n de la Asamblea en primera convocatoria habr\u00e1n de mediar al menos quince d\u00edas, pudiendo as\u00ed mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunir\u00e1 la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 24.<\/strong> Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedar\u00e1n v\u00e1lidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el n\u00famero de asociados con derecho a voto.<br \/>\nLos acuerdos se tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones.<br \/>\nSer\u00e1 necesario mayor\u00eda cualificada de las personas presentes o representadas, que resultar\u00e1 cuando los votos afirmativos superen la mitad de \u00e9stas, para4:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Disoluci\u00f3n de la entidad.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Modificaci\u00f3n de Estatutos.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Disposici\u00f3n o enajenaci\u00f3n de bienes integrantes del inmovilizado.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Remuneraci\u00f3n de los miembros del \u00f3rgano de representaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 25.<\/strong> Son facultades de la Asamblea General:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Controlar la actividad del \u00f3rgano de representaci\u00f3n y aprobar su gesti\u00f3n.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Examinar y aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, as\u00ed como la Memoria Anual de actividades.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Establecer las l\u00edneas generales de actuaci\u00f3n que permitan a la Asociaci\u00f3n cumplir sus fines.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Disponer todas las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democr\u00e1tico de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>e)<\/strong> Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias.<br \/>\n<strong>f)<\/strong> Elegir y separar a los miembros del \u00f3rgano de representaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>g)<\/strong> Adoptar los acuerdos referentes a:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\"><strong>I.<\/strong> Ratificar las altas de asociados o asociadas acordadas por el \u00f3rgano de representaci\u00f3n y acordar, con car\u00e1cter definitivo, las bajas de las mismas.<br \/>\n<strong>II.<\/strong> Acordar la uni\u00f3n de asociaciones, la integraci\u00f3n en federaciones o confederaciones, la separaci\u00f3n de las mismas, as\u00ed como la creaci\u00f3n y participaci\u00f3n en coordinadoras u otras organizaciones espec\u00edficas.<br \/>\n<strong>III.<\/strong> Solicitud de la declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica o de inter\u00e9s p\u00fablico de la Comunista Valenciana<br \/>\n<strong>IV.<\/strong> Acordar la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>V.<\/strong> Modificaci\u00f3n de los estatutos.<br \/>\n<strong>VI.<\/strong> Disposici\u00f3n y enajenaci\u00f3n de bienes.<br \/>\n<strong>VII.<\/strong> Remuneraci\u00f3n, en su caso, de los miembros del \u00f3rgano de representaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>VIII.<\/strong> Aprobar el Reglamento de R\u00e9gimen Interno de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>IX.<\/strong> Cualquier otra que no corresponde a otro \u00f3rgano de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los acuerdos se tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerir\u00e1n mayor\u00eda cualificada de las personas presentes o representadas, que resultar\u00e1 cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, modificaci\u00f3n de los estatutos, disposici\u00f3n o enajenaci\u00f3n de bienes y remuneraci\u00f3n de los miembros del \u00f3rgano de representaci\u00f3n, siempre que se haya convocado espec\u00edficamente con tal objeto la Asamblea correspondiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 26.<\/strong> Requieren acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Modificaci\u00f3n de los Estatutos.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CAPITULO IV:\u00a0SOCIOS\/AS<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 27.<\/strong> Podr\u00e1n pertenecer a la Asociaci\u00f3n aquellas personas f\u00edsicas que libre y voluntariamente, tengan inter\u00e9s en el desarrollo de los fines de la Asociaci\u00f3n con arreglo a los siguientes principios:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Las personas f\u00edsicas con capacidad de obrar y que no est\u00e9n sujetas a ninguna condici\u00f3n legal para el ejercicio del derecho.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Los mayores de edad empresarios, profesionales o directivos.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Todos los candidatos a ser miembros de la asociaci\u00f3n deber\u00e1n presentar el aval de tres asociados que representen a tres empresas diferentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">deber\u00e1n presentar una solicitud por escrito al \u00f3rgano de representaci\u00f3n y \u00e9ste resolver\u00e1, en la primera reuni\u00f3n que se celebre, si el solicitante se ajusta a las condiciones exigidas en los estatutos.<br \/>\nEn el caso de que as\u00ed sea el \u00f3rgano de representaci\u00f3n no le podr\u00e1 denegar la admisi\u00f3n-<br \/>\nLa condici\u00f3n de persona asociada es intransferible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 28<\/strong>. Dentro de la Asociaci\u00f3n existir\u00e1n las siguientes clases de socios\/as:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Fundadores, que ser\u00e1n aquellos que participen en el acto de constituci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> De n\u00famero, que ser\u00e1n los que ingresen despu\u00e9s de la constituci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificaci\u00f3n y desarrollo de la Asociaci\u00f3n, se hagan acreedores a tal distinci\u00f3n. El nombramiento de los socios de honor corresponder\u00e1 a la Junta Directiva.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 29.<\/strong> Los socios\/as causar\u00e1n baja por alguna de las causas siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Por incumplimiento de las obligaciones econ\u00f3micas, lo cual se considerar\u00e1 si no se ha realizado el pago 90 d\u00edas despu\u00e9s de su vencimiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 30.<\/strong> Los socios\/as de n\u00famero y fundadores tendr\u00e1n los siguientes derechos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> A participar en las actividades de la Asociaci\u00f3n y en los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n, a ejercer el derecho de voto as\u00ed como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los estatutos. Para poder ser miembro de los \u00f3rganos de representaci\u00f3n es requisito imprescindible ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislaci\u00f3n vigente.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> A ser informadas acerca de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. Podr\u00e1n acceder a toda la informaci\u00f3n a trav\u00e9s de los \u00f3rganos de representaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> A ser o\u00eddas con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias contra ellos y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanci\u00f3n.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> A impugnar los acuerdos de los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.<br \/>\n<strong>e)<\/strong> A conocer los Estatutos y los reglamentos y normas de funcionamiento aprobados por los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n. Asimismo tendr\u00e1n derecho a que se les facilite copia de los estatutos vigentes y del reglamento de r\u00e9gimen interno de la Asociaci\u00f3n si \u00e9ste existiese.<br \/>\n<strong>f)<\/strong> A consultar los libros de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 31.<\/strong> Los socios\/as fundadores y de n\u00famero tendr\u00e1n las siguientes obligaciones:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos v\u00e1lidos de las Asambleas y la Junta Directiva.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Abonar las cuotas que se fijen.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Asistir a las Asambleas y dem\u00e1s actos que se organicen.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Desempe\u00f1ar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 32.<\/strong> La separaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n de las personas asociadas por motivo de sanci\u00f3n tendr\u00e1 lugar cuando cometan los actos que los hagan indignos de seguir perteneciendo a aquella. Se presumir\u00e1 que existe este tipo de actos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Cuando deliberadamente la persona asociada impida o ponga obst\u00e1culos al cumplimiento de los fines sociales.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Cuando intencionadamente obstaculice el funcionamiento de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Cuando se incumpla la normativa de R\u00e9gimen Interno que proponga la Junta Directiva y que apruebe la asamblea general.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cualquier caso para la imposici\u00f3n de la sanci\u00f3n de separaci\u00f3n por parte del \u00f3rgano de gobierno ser\u00e1 necesaria la tramitaci\u00f3n de un expediente disciplinario instruido por \u00f3rgano diferente al competente para resolverlo y que garantice los derechos de las personas asociadas a las que se instruye el procedimiento, a ser informadas de la acusaci\u00f3n y a formular alegaciones frente a la misma as\u00ed como a la notificaci\u00f3n de la Asamblea General. La decisi\u00f3n sancionadora ser\u00e1 motivada. El plazo de prescripci\u00f3n de las infracciones ser\u00e1 de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 33.<\/strong> Los socios\/as de honor tendr\u00e1n las mismas obligaciones que los fundadores y de n\u00famero a excepci\u00f3n de las previstas en los apartados b) y d), del art\u00edculo anterior.<br \/>\nAsimismo, tendr\u00e1n los mismos derechos a excepci\u00f3n de los que figuran en los apartados c) y d) del art\u00edculo 26, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 34.<\/strong> Los recursos econ\u00f3micos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociaci\u00f3n ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Las cuotas de socios\/as, peri\u00f3dicas o extraordinarias.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Cualquier otro recurso l\u00edcito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 35.<\/strong> El patrimonio inicial o Fondo Social de la Asociaci\u00f3n es de CINCUENTA euros (50,00 \u20ac).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 36.<\/strong> El ejercicio asociativo y econ\u00f3mico ser\u00e1 anual y su cierre tendr\u00e1 lugar el 31 de diciembre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CAPITULO V:\u00a0DISOLUCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 37.<\/strong> La Asociaci\u00f3n se disolver\u00e1 en los siguientes casos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Si as\u00ed lo acuerda la Asamblea General convocada expresamente para este fin y con el voto favorable de m\u00e1s de la mitad de las personas presentes o representadas.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Por las causas determinadas en el art\u00edculo 39 del C\u00f3digo Civil.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Por sentencia judicial firme.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Por baja de las personas asociadas de forma que quedar\u00e1n reducidas a menos de tres.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 38.<\/strong> La disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n abre el per\u00edodo de liquidaci\u00f3n hasta el fin del cual \u00e9sta conservar\u00e1 su entidad jur\u00eddica.<br \/>\nLos miembros del \u00f3rgano de representaci\u00f3n en el momento de la disoluci\u00f3n se convierten en liquidadores salvo que la Asamblea General designe a otros, o bien los que, en caso de resoluci\u00f3n judicial, acuerde un juez.<br \/>\nCorresponde a los liquidadores:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><strong>a)<\/strong> Velar por la integridad del patrimonio de la Asociaci\u00f3n y llevar sus cuentas.<br \/>\n<strong>b)<\/strong> Concluir las operaciones pendiente soy efectuar las nuevas que sean precisas para la liquidaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>c)<\/strong> Cobrar los cr\u00e9ditos de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>d)<\/strong> Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.<br \/>\n<strong>e)<\/strong> Aplicar los bienes sobrantes a los fines previstos por los estatutos a excepci\u00f3n de las aportaciones condicionales.<br \/>\n<strong>f)<\/strong> Solicitar la cancelaci\u00f3n de los asientos en el Registro correspondiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de insolvencia de la Asociaci\u00f3n, el \u00f3rgano de representaci\u00f3n o, si es el caso, los liquidadores han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el juez competente.<br \/>\nEl remanente neto que resulte de la liquidaci\u00f3n se destinar\u00e1 directamente, salvo acuerdo en contra de la comisi\u00f3n liquidadora el remanente l\u00edquido sobrante de la liquidaci\u00f3n se destinar\u00e1 al\u00a0<strong>CENTRO DE ACOGIDA SAN FRANCISCO DE ASIS (PALMA DE GAND\u00cdA)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las personas asociadas no responden personalmente de las deudas de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\nLos miembros o titulares de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n y las dem\u00e1s personas que obren en nombre y representaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n responder\u00e1n ante \u00e9sta, ante los asociados y ante terceros por los da\u00f1os causados y las deudas contra\u00eddas por actos dolosos, culposos o negligentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>DISPOSICION ADICIONAL<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En todo cuanto no est\u00e9 previsto en los presentes Estatutos se aplicar\u00e1 la vigente Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n, y las disposiciones complementarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En Gand\u00eda, a 7 de julio de 2011<\/strong><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CAPITULO I:\u00a0DENOMINACI\u00d3N, FINES, DOMICILIO Y \u00c1MBITO Art\u00edculo 1. 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