Convocatoria de ayudas para entidades intermedias en materia de Comercio y Artesanía para el ejercicio 2014
Para tu conocimiento e información, ha sido publicado en el DOCV del día de hoy la Orden 8/2014, de 15 de mayo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan las ayudas para las entidades intermediarias en materia de comercio y artesanía para el ejercicio 2014.
Objeto:
Convocar ayudas en materia de comercio y artesanía destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos, a través de la mejora de la gestión, promoción, dinamización, información, formación, estudios y prestación de servicios a las PYMEs a través de sus entidades intermedias.
Beneficiarios:
Las Asociaciones empresariales, entidades públicas y privadas y fórmulas de comercio, o artesanía, asociado o integrado, con personalidad jurídica propia, con independencia de la fórmula jurídica que adopten.
Acciones apoyables:
I.- Gerencias de centros urbanos.
a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 70% del presupuesto elegible con un límite global máximo por entidad de 20.000,00€
– Estructura de la Gerencia del centro urbano.
– Acciones de comunicación, publicidad e imagen del centro urbano.
– Actuaciones de fidelización del consumidor y promoción de productos y servicios.
– Acciones de animación comercial y acciones efímeras de atracción comercial.
– Captación de nuevos asociados.
– Acciones para la mejora de la gestión medioambiental.2. Ayudas para la realización de actividades de información.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 100% del gasto elegible con un límite de 1.000,00€ por actuación.Las acciones apoyables son las siguientes:
– Publicidad.
– Alquiler de locales y equipamiento informático o audiovisual.
– Material didáctico.
– Conferenciantes, moderadores, traductores y demás personal externo a la entidad solicitante necesario para la realización de la actividad.
– Gasto de alojamiento y desplazamiento de los mismos.
3. Cooperación empresarial.
I.- Redes telemáticas de comunicación y asistencia técnica.
a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado, siempre que, en cualquier caso, aglutinen de forma directa o indirecta al menos a 100 empresas asociadas.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán alcanzar hasta el 70% del coste de la acción con un límite máximo de 5.000,00€ por entidad.
a) Beneficiarios: asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado formadas por las pymes de los mercados que cuenten con el sello de Mercado Excelente.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán el 100% del coste de las acciones con el límite de 25.000,00€ por mercado y solicitante.
III. Promoción del comercio.
a) Beneficiarios: Las asociaciones empresariales y formulas de comercio asociado o integrado.
b) Acciones y cuantías apoyables: las ayudas podrán el 70% del coste de las acciones con el límite de 15.000,00€ por solicitante.
4. Promoción de la artesanía.
a) Objeto: realización de actividades que faciliten la profesionalización del sector así como la comercialización y promoción del producto artesano por parte de las asociaciones de artesanos.
b) Acciones y cuantía apoyables: la ayuda a conceder será de hasta el 70% con el límite de 10.000€ por beneficiario.
Las acciones apoyables son las siguientes:
– Asistencia y organización de ferias de artesanía de ámbito superior al local.
– Edición y realización de catálogos de productos.
– Promoción del sector y del producto artesano.
– Realización de acciones formativas especificas y sectorializadas.
Presentación y plazo:
La solicitud de subvención se presentará con el anexo correspondiente, según la ayuda solicitada en la forma descrita en las bases reguladoras. No obstante, la información de esta convocatoria y los impresos normalizados de solicitud están disponibles en la página web de la Generalitat (www.gva.es)
El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación en el DOCV, por lo tanto finaliza el día 12 de junio 2014.
Para más información: