Ayudas del Plan de Modernización Industrial

Se ha publicado en el DOCV de hoy la convocatoria 2016 del Instituto Valenciano de la Competitividad (IVACE) de ayudas del Plan de Modernización Industrial.

BENEFICIARIOS
Microempresas (*) industriales manufactureras (sección C, divisiones 10 a 33 del CNAE 2009), que cuenten con al menos un trabajador (consignado con el TC1 del segundo mes anterior a la solicitud), con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana.
Quedan excluidas las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de maquinaria y de equipos, y las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

(*) Según el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

ACTUACIONES APOYABLES
Adquisición de maquinaria o bienes de equipos industriales nuevos, afectos al proceso productivo de la empresa solicitante con presupuesto subvencionable de más de 20.000 € (excluido el IVA).

NO se consideran subvencionables: los accesorios y repuestos, los vehículos destinados al transporte de personas o mercancías, la maquinaria fabricada por la propia empresa solicitante, la adaptación o mejora de maquinaria existente en la empresa, la obra civil e instalaciones, u otros gastos no contabilizados en la cuenta 213. Maquinaria del Plan General Contable. Tampoco se considerará la maquinaria en general, cuando entre la empresa vendedora y la compradora solicitante de la ayuda, exista vinculación (participación en el capital de la otra en más del 20 %, o socios comunes que dispongan, directamente o junto con familiares de hasta 2º grado de, al menos el 20 % del capital de cada una).

La maquinaria subvencionada no podrá, durante un plazo de 3 años desde la justificación de su adquisición, enajenarse, arrendarse o cederse, a título gratuito u oneroso, ni trasladarse salvo a otros establecimientos productivos de la empresa beneficiaria radicados en la Comunitat Valenciana.

Sólo será apoyable una única máquina o equipo por empresa.

Plazo de ejecución de los proyectos (gastos): desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.

AYUDA
Subvención a fondo perdido del 20 % del importe de los costes subvencionables del proyecto, sin que supere los 20.000 € por proyecto. Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en esta convocatoria y en otras procedentes de esta u otra administración o ente público.

SOLICITUD
Se puede descargar de la web del IVACE y se tramitará a través del Registro Telemático de la Generalitat. Sólo se podrá presentar una solicitud por empresa.
La ayuda se concederá bajo el régimen de concurrencia competitiva, siendo el único criterio de ordenación el momento de presentación de la solicitud de ayuda.

El plazo para la presentación de solicitudes comprende desde el 5 al 28 de abril de 2016. Si antes de que finalice el plazo máximo de presentación de solicitudes se rebasara el presupuesto disponible, se cerrará la posibilidad de presentar nuevas solicitudes.