Subvenciones destinadas al programa de empleo
El pasado 25 de octubre ha sido publicada la ORDEN 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo.
El objeto de la presente orden es establecer las bases que regirán la concesión de las subvenciones destinadas a financiar programas de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Entidades beneficiarias:
a) las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a estas que vinieran ejerciendo competencias en materia de empleo.
b) las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con diversidad funcional.
Destinatarios finales: las personas con diversidad funcional.
Cuantía de la subvención:
La convocatoria podrá establecer un importe máximo subvencionable de los proyectos de empleo con apoyo.
El importe de la subvención se calculará en función del periodo en que se efectúa el apoyo, a contar desde el inicio del desempeño del puesto de trabajo:
a) Durante los 6 primeros meses: 500 euros mensuales por persona atendida.
b) Entre los meses 7 a 12: 400 euros mensuales por persona atendida.
c) Entre los meses 13 a 18: 200 euros mensuales por persona atendida.
d) Entre los meses 19 a 24: 75 euros mensuales por persona atendida.
Las subvenciones compensarán los costes salariales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, del personal preparador laboral (propio de la entidad beneficiaria o contratado específicamente para esta actuación) que ejecute las acciones subvencionables.
Las solicitudes se presentarán en la forma y plazo que establezca la correspondiente convocatoria, en la que asimismo se especificará la documentación acreditativa de los requisitos para obtener la subvención.
La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva,
Entrada en vigor: 26 de octubre de 2016
Para más información, se adjunta el texto íntegro de la Orden.